
AGENCIA MANACORNOTICIAS 18/08/2026 - 08:48:11 | ![]() ![]() |

![]() | Presentación de solicitudes. Las solicitudes se deben presentar dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE |
BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN, CON CARÁCTER DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, DE CINCO PLAZAS DE CONSERJE DEL AYUNTAMIENTO DE MANACOR, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN. PRIMERA. Objeto de la convocatoria. El objeto de estas bases es regular la convocatoria para la provisión definitiva de cinco plazas de conserje con carácter de personal funcionario de carrera, por turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición. Estas plazas están incluidas en la tasa adicional extraordinaria del art. 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023 y en la oferta pública de empleo de 2025 (BOIB núm. 176, de 30 de diciembre de 2023 y BOIB núm. 117, de 4 de septiembre de 2025).
Tres de estas plazas van destinadas a las escuelas del término municipal de Manacor, una a la Escuela Municipal de Música y Danza y Conservatorio Profesional de Música de Manacor y una a edificios municipales. Características del puesto de trabajo: Vinculación: personal funcionario de carrera. Denominación: conserje. Subgrupo de clasificación profesional: AP. Turno: libre Sistema selectivo: concurso-oposición. Número de plazas: 5 Núm. de relación de la plantilla de puestos de trabajo: 1.1.38.2, 1.1.38.3, 1.1.38.4, 1.1.38.9 y 1.1.38.10.
Algunas de las tareas más significativas del puesto de trabajo de conserje con destino a las escuelas son:
Limpiar las instalaciones, los patios y exteriores y vaciar papeleras y cubos de basura en los contenedores.
Abrir y cerrar las instalaciones y controlar el acceso del personal.
Realizar tareas de mantenimiento general del centro asignado: carpintería, electricidad, fontanería, etc. y avisar para la realización de grandes reparaciones.
Encender y apagar las calefacciones y procurar la reposición de combustible.
Comprobar maquinaria y sistemas de seguridad.
Realizar fotocopias, guillotinar y encuadernar.
Comprobar el buen estado de los aseos y desatascar si es preciso.
Acudir a las oficinas de correos a recoger la correspondencia.
Realizar pequeñas curas y avisar a los servicios sanitarios cuando sea preciso.
Atender el teléfono.
Colaborar en tareas administrativas.
Distribuir avisos y notificaciones por las aulas.
Atender e informar al público personal y telefónicamente.
Regar las zonas ajardinadas.
Participar en las actividades festivas o culturales extraescolares.
Cambiar mobiliario.
Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido/a.
Algunas de las tareas más significativas del puesto de trabajo de conserje con destino a edificios municipales son:
Abrir y cerrar las dependencias municipales del Ayuntamiento.
Atender al público, personal y telefónicamente, en cuestiones generales.
Recibir los paquetes remitidos al Ayuntamiento vía mensajería y sellar los albaranes.
Apoyo administrativo a los departamentos de Padrón de habitantes, Registro, Fiestas, etc. realizando trámites propios de estos departamentos.
Tareas propias de conserjería: clasificar, repartir y enviar correspondencia...
Atender al público, personal interno y telefónicamente con conocimientos básicos de idiomas extranjeros, en cuestiones generales, en el registro de entrada, en el padrón y otros departamentos.
Controlar el acceso del público a la casa consistorial.
Realizar empadronamientos, expedir certificados correspondientes y realizar las tareas oportunas que requiere el cobro de tasas.
Archivo y tratamiento de documentación según la LOPD.
Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido/a.
Algunas de las tareas más significativas del puesto de trabajo de conserje con destino a la Escuela y Conservatorio Profesional de Música son:
Controlar las entradas y salidas del personal de la Escuela.
Llevar la agenda de actividades para las cuales se solicitan las aulas de las que dispone la escuela.
Realizar recados.
Avisar a los alumnos cuando no hay clase o a los profesores cuando los alumnos no pueden acudir a clase.
Repartir la correspondencia.
Recoger y distribuir la documentación relacionada con el profesorado: contratos, certificados de empresa, nóminas, etc.
Colaborar en las tareas de matriculación del alumnado: recibir al alumno, entregar y explicar el impreso, recoger la carta de pago y anotar en la base de datos informatizada.
Recoger las bajas del alumnado y anotarlo en la base de datos.
Archivar la documentación y facturación.
Solicitar la reposición de material consumible.
Realizar la consulta de datos de los alumnos en la base de datos informatizada frecuentemente.
Recoger y dejar la correspondencia en el Ayuntamiento.
Trasladar instrumentos a las diferentes estancias cuando se precise.
Hacer fotocopias.
Procurar el mantenimiento y buen estado de la impresora, fotocopiadora, botiquín y máquina de café.
Entregar y controlar las llaves de la escuela.
Avisar al operario para realizar las reparaciones precisas. Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido/a.
SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes. Los aspirantes deben tener, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, las siguientes condiciones: a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del TREBEP, en el supuesto de acceso a la función pública para nacionales de otros estados. b) Tener cumplidos 16 años de edad a la fecha de la convocatoria y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa para el acceso al empleo público. c) Estar en posesión de la ESO o equivalente, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
d) Acreditar los conocimientos de la lengua catalana correspondientes al certificado de nivel B1, de conformidad con la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, y la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, mediante: - Certificado emitido o reconocido como equivalente por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares o por el órgano competente en el ámbito de las Islas Baleares.
e) Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las funciones correspondientes. f) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitado/a de manera absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro estado, no encontrarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
g) Antes de tomar posesión de la plaza, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el art. 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo deberá declarar en el plazo de diez días naturales contados a partir del día de la toma de posesión, a fin de que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.
h) Con carácter previo al nombramiento, la persona interesada debe aportar la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales que acredite que no ha sido condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e identidad sexual, ni por tráfico de seres humanos (art. 13.5 de la LO 1/1996, de 15 de enero, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia).
TERCERA. Presentación de solicitudes. Las solicitudes se deben presentar dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, previa publicación íntegra de estas bases en el BOIB. Si el último día de presentación de solicitudes coincide en día inhábil, el plazo se entenderá ampliado hasta el día hábil siguiente. Siguen varias páginas más en el BOIB de hoy del 18 de agosto de 2026.


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