
AGENCIA MANACORNOTICIAS 21/09/2024 - 08:37:20 | ![]() ![]() |

![]() | EI Card como centro singular y de titularidad del ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente |
RESOLUCIÓN EDUCACIÓN. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2024-2025, la reforma, la ampliación de las instalaciones y la actualización de las ratios de la escuela infantil de primer ciclo EI Card como centro singular y de titularidad del ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma: Código del centro: 07013981.
Denominación genérica: escuela infantil de primer ciclo. Denominación específica: EI Card. Titular: Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar. Domicilio: C/ Caritat, 4. Localidad: Sant Llorenç des Cardassar. Municipio: Sant Llorenç des Cardassar. Enseñanzas autorizadas: educación infantil de primer ciclo, con 6 unidades distribuidas de la siguiente forma:
0 a 1 años: 2 unidades, 14 plazas escolares
1 a 2 años: 2 unidades, 24 plazas escolares
2 a 3 años: 2 unidades, 36 plazas escolares.
Las aulas de 0-1 años tienen una superficie de 35 metros cuadrados, por lo que debe ser considerado centro singular. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro Autonómico de la Consejería de Educación y Universidades (Repositorio).
Comunicar al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. De lo contrario, se revocará la autorización otorgada. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR. Información pública de aprobación inicial de la Ordenanza municipal de uso y aprovechamiento de playas y zonas de baño en el municipio de Sant Llorenç des Cardassar. En sesión ordinaria de fecha 19 de septiembre de 2024 el Pleno del Ayuntamiento aprobó inicialmente la Ordenanza municipal de uso y aprovechamiento de playas y zonas de baño en el municipio de Sant Llorenç des Cardassar. Lo cual se expone al público durante el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOIB. Dentro de este plazo las personas interesadas pueden examinar el expediente y presentar las reclamaciones, objeciones y observaciones que estimen oportunas.
Asimismo, se concede dentro del plazo indicado audiencia previa a las asociaciones vecinales y de defensa de las personas consumidoras y usuarias establecidas en el municipio de Sant Llorenç des Cardassar que estén inscritas en el registro municipal de asociaciones vecinales y cuyas finalidades guarden relación directa con el objeto de la ordenanza aprobada inicialmente para que puedan formular reclamaciones. En el caso de que no se presenten reclamaciones, objeciones y observaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo y se publicará el texto íntegro de la ordenanza aprobada. Sant Llorenç des Cardassar, a la fecha de la firma electrónica (20 de septiembre de 2024). El alcalde, Jaume Soler Pont.


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